¿Qué es la Apostilla de la Haya?

¿Qué es la Apostilla de la Haya?

A través de la apostilla de la Haya los países firmantes de dicho convenio reconocen la validez jurídica de un documento que se originen en otro país firmante.

Colocando sobre el mismo documento público una apostilla (o anotación) se certifica la autenticidad del documento o los documentos públicos expedidos en otro país. Para que la Apostilla de la Haya tenga validez y la certificación sea legal el país donde se haya expedido el documento y el país donde se requiera la legalización del documentos deben de pertenecer a los países firmantes del Convenio de la Haya de 1961. Por consiguiente los países firmantes del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de octubre de 1961 quedan exentos de exigir la legalización de los documentos públicos extranjeros reconociendo la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la apostilla.

La apostilla se aplica a documentos públicos en:

• Documentos estatales o vinculantes a una jurisdicción oficial o judicial.
• Documentos administrativos.
• Documentos privados con certificación oficial: certificación del registro
• Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, certificación de fechas y autenticaciones oficiales y notariales de carácter privado.

La apostilla no se aplicará a:

• Documentos generados por diplomáticos-consulares.
• Documentos administrativos derivados de una operación comercial o aduanera.

Quién puede solicitar la Apostilla de la Haya:

La Apostilla de la Haya la puede solicitar cualquier persona portadora de un documento público originado en un país firmante del Convenio de la haya cuya autenticidad desee certificar.

Cómo y Dónde presentarlo:

Para presentar correctamente su solicitud siga las instrucciones que encontrará en la página del Ministerio de Justicia.

Presencial:
Registro General del Ministerio de Justicia, San Bernardo 45, Madrid. Horario: Lunes a Viernes, de 9 a 17:30 horas. Sábado, de 9 a 14 horas.

Por correo:
Correo certificado:
Ministerio de Justicia.
Sección de Legalizaciones.
San Bernardo 45, 28015 Madrid.

Estados parte del Convenio de La Haya

ALEMANIA
ANDORRA
ANTIGUA Y BARBUDA
ARGENTINA
ARMENIA
AUSTRALIA
AUSTRIA
AZERVAIYAN
BAHAMAS
BARBADOS
BELARÚS
BÉLGICA
BELICE
BOSNIA-HERZEGOVINA
BOTSWANA
BRUNEI-DARUSALAN
BULGARIA
CABO VERDE
CHIPRE
COLOMBIA
COOK, ISLAS
COREA
CROACIA
DINAMARCA
DOMINICA
ECUADOR
EL SALVADOR
ESLOVENIA
ESPAÑA
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
ESTONIA
FIDJI
FINLANDIA
FRANCIA

GEORGIA
GRANADA
GRECIA
HONDURAS
HONG-KONG
HUNGRÍA
INDIA
IRLANDA
ISLANDIA
ISRAEL
ITALIA
JAPÓN
KAZAJSTÁN
KIRGUISTÁN
LESOTHO
LETONIA
LIBERIA
LIECHTENSTEIN
LITUANIA
LUXEMBURGO
MACAO
MACEDONIA
MALAWI
MALTA
MARSHALL, ISLAS
MAURICIO, ISLA
MÉXICO
MOLDAVIA
MÓNACO
MONGOLIA
MONTENEGRO
NAMIBIA
NICARAGUA

NIUE, ISLA
NORUEGA
NUEVA ZELANDA
PAÍSES BAJOS (*)
PANAMÁ
PERÚ
POLONIA
PORTUGAL (*)
REINO UNIDO (*)
REPÚBLICA CHECA
REPÚBLICA DOMINICANA
REPÚBLICA ESLOVACA
RUMANÍA
RUSIA, FEDERACIÓN DE
SAMOA
SAN CRISTÓBAL Y NIEVES
SAN MARINO
SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS
SANTA LUCIA
SANTO TOMÉ Y PRINCIPE
SERBIA Y MONTENEGRO
SEYCHELLES, ISLAS
SUDÁFRICA
SUECIA
SUIZA
SURINAME
SWAZILANDIA
TONGA
TRINIDAD Y TOBAGO
TURQUÍA
UCRANIA
VANUATÚ
VENEZUELA

(*) Por extensión se aplica a:
· REINO UNIDO: Anguila, Jersey, Bailia de Guernsey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turks y Caicos e Islas Vírgenes.
· PAISES BAJOS: Antillas Holandesas y Aruba.
· PORTUGAL: todo el territorio de la República